Las solicitudes de cambio de entidad se realizarán siempre por parte de la persona titular y la resolución aplicará tanto a la persona titular como a las personas beneficiarias que tenga asociadas.
Tipos de cambio de entidad médica:
- Cambios ordinarios
Las solicitudes de cambio ordinario de entidad se podrán realizar una única vez (no se puede cancelar la solicitud realizada) durante el mes de enero de cada año.
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- Plazo de presentación: del 1 al 31 de enero de cada año.
- ¡¡NOVEDAD!! Fecha de alta en la nueva entidad: día de la entrada de la solicitud en registro público (sede electrónica, registro electrónico general, delegación provincial de MUGEJU o cualquier otro registro de los establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
- Efectos del cambio: día siguiente al que se produzca su tramitación en la base de datos de MUGEJU.
- Tarjeta sanitaria:
- Si ha elegido entidad privada, dicha entidad le enviará la tarjeta sanitaria al domicilio que conste en la base de datos de MUGEJU, en el plazo aproximado de una semana. Si el día de la fecha de efectos del cambio no dispone de la tarjeta, podrá utilizar la acreditación de MUGEJU que se descarga desde la sede electrónica de la mutualidad, donde consta su entidad médica.
- Si ha elegido el sistema público de salud (INSS), debe solicitar en el departamento de administración de su centro de salud la tarjeta sanitaria de su Comunidad Autónoma. Para ello, le recomendamos presentar el certificado que acredita su derecho a la asistencia sanitaria pública, que puede descargar desde la sede electrónica de la Seguridad Social.
- Cambios extraordinarios
- Por cambio de destino o residencia que implique cambio de provincia o isla.
- Plazo de presentación:
- En el caso de cambio de destino: un mes desde la fecha de la toma de posesión.
- En el caso de cambio de residencia: un mes desde la fecha de empadronamiento.
- ¡¡NOVEDAD!! Fecha de alta en la entidad: día de la entrada de la solicitud en registro público.
- Efectos del cambio: día siguiente al que se produzca su tramitación en la base de datos de MUGEJU.
- Plazo de presentación:
- Por disponer de la conformidad de las entidades privadas afectadas expresada por escrito.
- Plazo de presentación: un mes desde la conformidad por escrito de la entidad a la que se desea el cambio.
- ¡¡NOVEDAD!! Fecha de alta en la entidad: día de la entrada de la solicitud en registro público.
- Efectos del cambio: día siguiente al que se produzca su tramitación en la base de datos de MUGEJU.
- Por circunstancias excepcionales, para cambios al sistema público de salud, cuando exista una justificación sanitaria acreditada mediante informe médico o sociosanitario, según el caso, y se autorice por Resolución de la Gerencia de MUGEJU, por producirse alguna de las circunstancias descritas en los criterios aprobados por MUGEJU (ver anexo de la instrucción para los cambios de entidad).
- Plazo de presentación: durante todo el año.
- Fecha de alta en el INSS: día en el que se autorice el cambio por acuerdo de resolución de la Gerencia de MUGEJU.
- Efectos del cambio: día siguiente al que se produzca su tramitación en la base de datos de MUGEJU.
- IMPORTANTE: este tipo de cambio al INSS implica permanencia mínima de 2 años en el sistema sanitario público.
- Por circunstancias excepcionales, cuando esté justificado el cambio de una pluralidad de titulares y la gerencia de MUGEJU acuerde la apertura de plazo especial de cambio de entidad.
- Por cambio de destino o residencia que implique cambio de provincia o isla.