Esta ayuda del Fondo de Asistencia Social está dirigida a contribuir en los gastos de mutualistas (tanto titulares como beneficiarios) que tengan la condición de enfermos crónicos u oncológicos, por la adquisición de los siguientes artículos. La cuantía de la ayuda consistirá en el importe de la factura, cumpliendo con el importe máximo y el periodo de carencia que se indican:
ARTÍCULO | IMPORTE MÁXIMO | CARENCIA |
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Cama articulada | 900€ | Por una sola vez |
Accesorios para cama articulada | 120€ | Por una sola vez |
Grúa elevadora y arnés | 500€ | Por una sola vez |
Asiento giratorio de bañera | 100€ | Por una sola vez |
Elevador de WC | 30€ | Por una sola vez |
Prótesis capilares | 350€ | Una vez al año |
Sujetadores postmastectomía (hasta un máximo de dos) |
150€, en total | Una vez al año |
Desde la Resolución de 3 de junio de 2014 de la Mutualidad General Judicial, para solicitar estas ayudas no es necesario cumplir requisitos de renta o ingresos de la unidad familiar.
Requisitos:
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Los gastos deben haberse producido en el ejercicio en el que se solicita la ayuda.
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El enfermo tiene que ser mutualista cuando se realizó el gasto y cuanto se solicita la ayuda.
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Esta ayuda es incompatible con percibir otras ayudas, de organismos públicos o privados, que estén destinadas a la misma finalidad.