A los mutualistas destinados en el extranjero les corresponde recibir una asistencia sanitaria con un contenido análogo a la prestación de asistencia sanitaria en territorio nacional.
Estos mutualistas reciben la asistencia sanitaria a través de un contrato con una compañía de seguros. Actualmente estas compañías son: IRIS GLOBAL (para mutualistas destinados en el extranjero por un periodo inferior o igual a 120 días) y DKV (para mutualistas destinados en el extranjero por un periodo superior a 120 días).
Estos mutualistas pueden solicitar a la Mutualidad el reintegro de los gastos que excedan de los máximos previstos en la póliza correspondiente, o que se refieran a prestaciones que no están cubiertas en esa póliza.