Titulares por derecho propio (carreras y cuerpos de la Administración de Justicia)

Son titulares por derecho propio, de forma obligatoria, aquellos miembros de las carreras, cuerpos y escalas de la Administración de Justicia que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

  • Servicio activo

  • Servicios especiales, salvo el personal destinado en la Unión Europea u otra organización internacional en la que España sea parte y que esté acogido obligatoriamente al régimen de Seguridad Social de dicha organización, o que haya ejercido el derecho de transferencia de los funcionarios de la Unión Europea

  • Excedencia por cuidado de hijos o familiares

  • Excedencia por violencia de género

  • Suspensión provisional o firme de funciones

  • Jubilación o pensión en su condición de miembros de las carreras, cuerpos y escalas de la Administración de Justicia