Prestaciones

Las prestaciones a que tienen derecho las personas mutualistas y sus beneficiarios y beneficiarias, cuando se encuentren en los supuestos de hecho legalmente establecidos, son las siguientes:

  1. Asistencia sanitaria.

  2. Subsidio por incapacidad temporal, por riesgo durante el embarazo y por riesgo durante la lactancia natural.

  3. Prestaciones recuperadoras por incapacidad permanente, total, absoluta y gran invalidez, y para la retribución del personal encargado de la asistencia al gran inválido.

  4. Indemnizaciones por lesión, mutilación o deformidad, de carácter definitivo no invalidante, originada por enfermedad profesional o en acto de servicio o como consecuencia de él.

  5. Prestaciones sociales y asistencia social.

  6. Prestaciones familiares por hijo a cargo con discapacidad.

  7. Subsidio especial por maternidad o paternidad en los supuestos de parto, adopción o acogimiento múltiples, prestación económica de pago único por parto o adopción múltiples y prestación económica de pago único por nacimiento o adopción de hijo en supuestos de familias numerosas o monoparentales y en los casos de madres discapacitadas.

Revisado a fecha 06 de junio de 2024.