Ayuda económica que atiende, hasta donde alcance presupuestariamente, las circunstancias especiales y de extrema necesidad en que puedan encontrarse los mutualistas.
Serán causantes de estas ayudas los mutualistas, los titulares no mutualistas, y los beneficiarios incluidos en los documentos de afiliación de ambos.
Pueden solicitar esta ayuda los mutualistas que se encontraran en situación de alta al sobrevenir el estado o situación de necesidad y que mantengan dicha condición en el momento de solicitar la ayuda.
Estas ayudas son incompatibles con cualesquiera otras percibidas de otros organismos públicos o privados, siempre que estén destinadas a la misma finalidad y exista identidad de sujeto y de hecho causante.
CÓMO SE SOLICITA
Los mutualistas deben solicitar esta prestación a través de la sede electrónica de la Mutualidad General Judicial. También pueden solicitarla de forma presencial según lo que indica el apartado "Presencial" de la ficha de acceso a la solicitud en la sede electrónica.